lunes, 5 de octubre de 2026

Los lindes de los municipios de Finestrat y Villajoyosa.

Desde hace ya mucho tiempo, siglos incluso, se ha hablado sobre los linderos de estos dos municipios vecinos.

En un artículo titulado “El contencioso de La Cala” http://www.lavilaycomarca.com/2013/12/el-contencioso-de-la-cala.html publicado el 18 de diciembre de 2013, ya dejo constancia de un documento del año 1677 y de otro de 1740 en el que claramente se habla del pleito entablado entre los dos municipios por la cuestión lindera.

Así mismo, el político español Pascual Madoz e Ibáñez (1806-1870) vinculado al Partido Progresista, que fue ministro de Hacienda e incluso presidió el Consejo de ministros, en su obra “Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar”, escribe que Villajoyosa confinaba por el norte con Finestrat y por el noroeste con Benidorm (actualmente Villajoyosa no linda con Benidorm).

En el año 1897, por mandato de la ley de 24 de agosto y el Real Decreto de 29 de diciembre de 1896, el Instituto Geográfico y Estadístico reunió a las partes interesadas para reconocer la línea de término y señalar los mojones comunes a los términos de Villajoyosa y Finestrat, finalizando con el levantamiento de un acta firmada por las personas que intervinieron en la operación.

En la operación de reconocimiento de los mojones que delimitaban dichos términos, estuvieron presentes las siguientes personas: El alcalde de Finestrat y otra persona comisionada que fueron autorizados por su ayuntamiento, un concejal de Orcheta autorizado por el pleno de su ayuntamiento, tres concejales del ayuntamiento de Villajoyosa nombrados por la corporación municipal, también el guarda de campo de La Vila, un topógrafo y un oficial del cuerpo de topógrafos.

Mojón lindero de Villajoyosa y Finestrat en l'Almiserà

El acta de la operación practicada en dicha actuación dice así:

Acta de la operación practicada para reconocer la línea de término y señalar los mojones comunes a los términos municipales de Villajoyosa y de Finestrat, pertenecientes ambos a la provincia de Alicante.

“Reunidos el día veintisiete de abril de mil ochocientos noventa y siete en el sitio denominado Cerro Petillo, los señores que con sus respectivos cargos y representación abajo se expresan, previa citación hecha por mí el oficial segundo del cuerpo de topógrafos, Don Ricardo Vicente del Rey, jefe de la primera brigada topográfica de la provincia de Alicante, en cumplimiento de la ley de veinticuatro de agosto de mil ochocientos noventa y seis, la cual ordena que se proceda a la rectificación de las cartillas evaluatorias (sic) (que señalan su valor) de la riguera (sic) (vereda) rústica y pecuaria y a formar el catastro de cultivos y el registro fiscal de predios rústicos y de la ganadería, en todos los términos municipales de España, se procedió a la operación en la forma siguiente:

1er mojón. – Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de forma aproximadamente cónica, de ciento sesenta centímetros de altura y setenta y cinco de diámetro en su base circular. Está situado en lo alto del Cerro Petillo, el más elevado de la Sierra de Orcheta. Se ven desde él, Villajoyosa al sur y Benidorm y Finestrat al este. Es común a los términos municipales de Villajoyosa, Finestrat y Orcheta.

El señor representante del ayuntamiento de Orcheta, Don Miguel Llinares Sellés, reconoce este mojón y declara hallarse en un todo conforme con los demás tres representantes de los otros ayuntamientos en que es, tal y como queda descrito, el mojón común a los referidos términos municipales. En prueba de lo cual, firman conmigo aquí los tres representantes de Villajoyosa, Finestrat y Orcheta y se retira el ayuntamiento en comisión de Orcheta por no tener ya objeto su presencia en el resto del señalamiento.

                     (Continúan las firmas del teniente de alcalde de Villajoyosa,
                       el alcalde de Finestrat, el concejal de Villajoyosa, el comisio-
                       nado de Finestrat, el perito práctico de Villajoyosa, el concejal
                       de Orcheta, el guarda de campo de Villajoyosa, el topógrafo
                       tercero y el oficial segundo del cuerpo de topógrafos)

2º mojón. – Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de ciento ochenta centímetros de altura y cuarenta de radio en su base circular de forma aproximadamente cónica. Está situado en lo alto de un pequeño cerro que se eleva entre las partidas de la Robella y Borrasca, pertenecientes la primera a Finestrat y la segunda a Villajoyosa. Se ve desde este mojón, Finestrat al este. No se ve el mojón anterior. En la línea de término comprendida entre ambos mojones primero y segundo, no están de acuerdo los señores representantes de los ayuntamientos de Villajoyosa y Finestrat, por cuya razón se procede al trazado de una línea provisional que sirva para los efectos de la medición planimétrica, sin que pueda en ningún caso perjudicar los derechos de ninguno de los dos ayuntamientos.

3er mojón. – Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de forma aproximadamente cónica, de cuarenta centímetros de radio en su base circular, algo desmoronada en su parte superior y conservando en la actualidad setenta centímetros de altura. Está situado en la partida de Benienso en la intersección de dos lindes que separan tres tierras de labor pertenecientes a la Mayorazga, vecina de Villajoyosa, a Don Vicente Llorca, vecino de Finestrat y a Don Antonio Lloret, vecino de Villajoyosa. No se ve desde este mojón ningún punto notable. Tampoco se ve el mojón anterior a causa de los almendros que se interponen. La línea de término reconocida entre los mojones segundo y tercero, es la intersección del terreno con el plano vertical que ambos mojones determinan.

4º Mojón. - Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de forma aproximadamente cónica, de ciento ochenta centímetros de altura y cuarenta de radio en su base circular, desmoronado por su parte superior. Está situado en la partida llamada del Borreguero, en linde que separa dos tierras de labor propiedad ambas de Don José Mayor vecino de Finestrat y a unos cinco metros de la margen izquierda del camino de Finestrat a Villajoyosa. Se ve Finestrat al noroeste. No se ve el mojón anterior por impedirlo los almendros que se interponen. La línea de término reconocida entre los mojones tercero y cuarto es la intersección del terreno con el plano vertical que ambos mojones determinan.

5º mojón. - Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de forma aproximadamente cónica, de ciento ochenta centímetros de altura y cuarenta de radio en su base circular. Está situado en lo alto de unas cimas que se levantan entre las partidas de Almiserat y Murtet, de Don Juan Bautista Samper, vecino de Villajoyosa, la primera y de Don Jaime Llinares, vecino de Finestrat, la segunda. Se ve Finestrat al noroeste. Se ve también el mojón anterior. La línea de término reconocida entre los mojones cuarto y quinto es la intersección del terreno con el plano vertical que los dos mojones determinan.

6º mojón. - Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de forma aproximadamente cónica, de ciento ochenta centímetros de altura y cuarenta de radio en su base circular. Está situado en lo alto del pequeño cerro que se eleva en la partida “Foietes de Horta”, propiedad de Don Álvaro Esquerdo, vecino de Villajoyosa. Se ve Villajoyosa al sureste y se ve también el mojón anterior. Los tres representantes de los ayuntamientos de Villajoyosa y de Finestrat no están conformes respecto de la línea de término entre los mojones quinto y sexto, por lo cual se procede al trazado de una línea convencional que sirviendo para los efectos de la medición planimétrica no pueda en ningún caso perjudicar los derechos de ninguno de los dos ayuntamientos.

7º mojón. - Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de forma aproximadamente cónica, de ciento ochenta centímetros de altura y cuarenta de radio en su base circular, situado en la partida de la Cala y en lo alto de un ribazo que divide dos tierras de labor pertenecientes a Doña Esperanza Llinares Buforn y a Don Jerónimo Galiana, los dos vecinos de Villajoyosa. Se ve al noreste Benidorm. Se ve también el mojón anterior. La línea límite reconocida entre los mojones sexto y séptimo es la intersección del terreno con el plano vertical que ambos mojones determinan.

En vista de lo avanzado de la hora, los tres representantes del ayuntamiento de Villajoyosa Don Álvaro Esquerdo Barber, teniente de alcalde, Don Gaspar Lloret Zaragoza, concejal, Don Joaquín Barrachina Llorca, perito práctico y Don Vicente Llorca Picó, guarda de campo y los del ayuntamiento de Finestrat, Don José Llorca y Llorca, alcalde presidente y Don José Llinares y Llinares, comisionado del ayuntamiento, acuerdan suspender en este punto la operación y continuarla al día siguiente partiendo del mismo. Y firman conmigo.

                   (Continúan las firmas de las seis personas enunciadas
                        junto con las de los dos topógrafos)

Continuación del acta de la operación practicada para reconocer la línea de término y señalar los mojones comunes a los términos municipales de Villajoyosa y de Finestrat, pertenecientes ambos a la provincia de Alicante.

Reunidos el día veintiocho de abril de mil ochocientos noventa y siete en el sitio denominado “Partida de la Cala”, los señores que con sus respectivos cargos y representación abajo se expresan, en virtud del acuerdo tomado el día anterior y en cumplimiento de la ley de veinticuatro de agosto de mil ochocientos noventa y seis, la cual ordena que se proceda a la rectificación de las cartillas evaluatorias (sic) (que señalan su valor) de la riguera (sic) (vereda) rústica y pecuaria y a formar el catastro de cultivos y el registro fiscal de predios rústicos y de la ganadería, en todos los términos municipales de España, se continuó la operación en la forma siguiente:

7º mojón. – (Lo que anteriormente se escribió sobre el mismo). Los tres representantes de los ayuntamientos de Villajoyosa y Finestrat reconocen en este mojón el último de los reconocidos el día anterior.

Mojón que separa los términos de Villajoyosa y Finestrat

8º mojón. - Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de forma aproximadamente cónica, de ciento ochenta centímetros de altura y cuarenta de radio en su base circular. Está situado en la partida de la Cala, en terreno propiedad de Don Nicolás Barber Pérez, vecino de Villajoyosa y sobre unos riscos a cincuenta metros próximamente de la margen derecha de la carretera de Silla a Alicante. No se ve desde este mojón ningún punto notable. Tampoco se ve el mojón anterior. La línea límite reconocida entre los mojones séptimo y octavo es la intersección del terreno con el plano vertical que ambos mojones determinan.

9º mojón. – Se consideró como tal la intersección de la orilla del mar con la normal bajada a ella desde el siguiente mojón auxiliar. Se reconoció como tal una construcción de piedra y mezcla de la cual no queda más que parte de la base situada sobre los últimos riscos de la estribación noreste del cerro de Quiló a unos treinta metros de la orilla del mar y en terreno propiedad de Don Juan Bautista Samper, vecino de Villajoyosa. No se ve el mojón anterior, Este mojón es reconocido por los tres representantes de Villajoyosa y de Finestrat como mojón común a los términos de dichos ayuntamientos y el mar, sin estar conformes en la línea de término entre los mojones octavo y noveno, por lo cual se procede al trazado de una línea provisional que sirva para los efectos de la medición planimétrica sin perjudicar en ningún caso los derechos de ninguno de los dos ayuntamientos. Y prescindiendo de la reseña de otro mojón que existe entre estos dos últimos, por no estar conformes en su reconocimiento ninguno de los dos ayuntamientos interesados de Villajoyosa y Finestrat.

Concurrieron el acto representando al ayuntamiento de Villajoyosa los señores Don Álvaro Esquerdo Barber, teniente alcalde, Don Gaspar Lloret Zaragoza, concejal, Don Joaquín Barrachina Llorca, perito práctico y Don Vicente Llorca Picó, guarda de campo. En representación del ayuntamiento de Finestrat concurrieron los tres (error, fueron dos), Don José Llorca y Llorca, alcalde presidente y Don José Llinares y Llinares, comisionado del ayuntamiento, los cuales en prueba de su conformidad firman conmigo la presente acta y se obligan a sellarla los ayuntamientos respectivos. En la Cala a veintiocho de abril de mil ochocientos noventa y siete.

                        (Firmaron todos los enunciados y los dos topógrafos)

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